¿Quién califica como Emisor Digital Autorizado?

¿Quién califica como Emisor Digital Autorizado?

Según la Providencia Administrativa Administrativa SNAT/2014/0032 en su artículo 2:
Podrán optar por la utilización de medios distintos para la emisión de facturas y otros a los que se refiere esta Providencia Administrativa Administrativa, los sujetos pasivos, personas jurídicas públicas o privadas que presten los siguientes servicios masivos:

  • Agencias de viaje.
  • Agua potable.
  • Aseguradoras.
  • Aseo urbano.
  • Courier de carga y mensajería.
  • Electricidad.
  • Emisión de vales y tiquetes.
  • Gas doméstico.
  • Telefonía.
  • Tarjetas electrónicas de beneficios sociales.
  • TV por suscripción.
  • Otros servicios masivos distintos a discreción.

Sin embargo, cada vez son más las empresas que pueden aplicar para convertirse en Emisor Digital Autorizado.

MAYORISTAS:
Alimentos, construcción, medicinas, tecnología, ropa y calzado, etc.

EDUCACIÓN:
Universidades, colegios, guarderías, etc.

SALUD:
Clínicas, consultorios médicos.

TURISMO:
Líneas aéreas, hoteles, posadas, vehículos de alquiler.

SERVICIOS PROFERSIONALES:
De cualquier tipo.

ARTES:
Agencias de publicidad, productores de radio y TV, servicios de impresión, etc.

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